Director DE CENTROS VIRTUALES.

Definición

Los Centros virtuales serán unidades académicas localizadas en cualquier lugar y serán establecidas y supervisadas por todos los estamentos de ACAETIA. Serán el contacto directo entre ACAETIA y los Aspirantes remotos; también serán centro de laboratorios e interconectividad para los Aspirantes y Capacitadores.

Integración

Estos centros remotos serán dirigidos por el Director de Centros Virtuales, los cuales serán nombrado por el Director. Para ser Director de Centros Virtuales se requiere ser o haber sido Capacitador ordinario efectivo titular o asociado, ser investigador activo y ser o haber sido Director de proyectos de investigación acreditados u ostentar el cargo de investigador en organismos científicos nacionales o internacionales.

Funciones

Le corresponde al Director de Centros Virtuales: